Calendario para autónomos 2024

Calendario autónomos 2024

¿Pagaste el seguro de vida todo de golpe?

En Coventia nos encargamos de conseguirte la devolución de parte de lo que pagaste.

¿Cuánto subirá la cuota de tu hipoteca?

Descubre cómo afectará la subida del euríbor a tu cuota con nuestro simulador online.

Según datos recientes de la Seguridad Social, en abril de este año se registraron 3.364.938 autónomos afiliados en España, lo que representa un incremento de 29.743 personas (0,9%) en comparación con el mismo mes del año anterior.

Todos los contribuyentes españoles deben cumplir con sus obligaciones fiscales, pero estas difieren entre un trabajador asalariado y un autónomo o pyme. Los trabajadores por cuenta propia deben pagar el IRPF, el IVA y, si operan como empresa, también el Impuesto de Sociedades.

Debido a estas numerosas obligaciones fiscales, el calendario fiscal se distribuye a lo largo del año. En concreto, los autónomos presentan sus declaraciones trimestralmente, comenzando el año fiscal en enero y siguiendo con abril, julio y octubre:

  • Primer trimestre: del 1 de enero al 31 de marzo.
  • Segundo trimestre: del 1 de abril al 30 de junio.
  • Tercer trimestre: del 1 de julio al 30 de septiembre.
  • Cuarto trimestre: del 1 de octubre al 31 de diciembre.

Declaración trimestral de autónomos: enero - marzo

Enero

Enero es el mes con más obligaciones fiscales para los autónomos, ya que se juntan las declaraciones del trimestre anterior con otras anuales. Los trabajadores por cuenta propia deben presentar varios documentos, como los modelos 130, 303 y 390.

En enero también se paga el IVA del cuarto trimestre, pudiéndose hacer entre el 1 y el 22 de enero (en el caso de este año).

Hasta el 20 de enero (o el 22 si el 20 cae en sábado), deben presentarse:

  • Modelo 039: para declarar las incorporaciones de diciembre bajo el régimen especial del grupo de entidades del IVA.
  • Modelo 111: declaración trimestral de retenciones e ingresos del IRPF.
  • Modelo 115: declaración de retenciones por alquiler de inmuebles.
  • Modelo 123: pago de intereses de préstamos, acciones, bonos y otros rendimientos de capital mobiliario.
  • Modelo 161: para declarar aportaciones recibidas para iniciar un proyecto.

Hasta el 30 de enero, se deben presentar:

  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA del último trimestre del año pasado.
  • Modelo 349: declaración informativa y recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA.

Finalmente, el 31 de enero es el último día para presentar:

  • Modelo 165: declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a socios o partícipes de entidades nuevas.
  • Modelo 179: declaración trimestral informativa de cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
  • Modelo 180: resumen anual de declaraciones trimestrales de retenciones de alquileres.
  • Modelo 182: declaración de donaciones, donativos o aportaciones.
  • Modelo 184: resumen anual de ingresos, gastos y beneficios de algunas sociedades no mercantiles.
  • Modelo 188: declaración de rentas de capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 190: resumen anual de declaraciones trimestrales de ingresos y retenciones del IRPF.
  • Modelo 233: declaración informativa por gastos de guardería.
  • Modelo 270: declaración de premios de lotería.
  • Modelo 345: declaración anual de fondos y planes de pensiones, PPA o previsión social empresarial.
  • Modelo 369: declaración del IVA para servicios digitales o ventas a través de e-commerce en países europeos.

Febrero

Febrero ofrece un respiro en las obligaciones fiscales de los autónomos. Hasta el 20 de febrero deben presentar:

  • Modelo 111 y Modelo 115: correspondientes a enero.
  • Modelo 592: impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables (novedad este año).

Hasta finales de mes, se deben presentar:

  • Modelo 036: inscripción en el Censo de Empresarios y alta en Hacienda (para sociedades cuyo ejercicio coincida con el año natural).
  • Modelo 280: declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA del mes anterior.
  • Modelo 347: declaración informativa anual de operaciones con terceros del año anterior.

Marzo

En marzo, antes del inicio del periodo de la renta, hasta mediados de mes deben presentarse:

  • Modelos 111, 115 y 592: correspondientes a febrero.
  • Modelo 349: declaración informativa de operaciones intracomunitarias.

Declaración trimestral de autónomos: abril - junio

Abril

Abril marca el inicio de la campaña de la renta, durante la cual todos los contribuyentes deben presentar el Modelo 100. Este año, la declaración de la renta puede hacerse desde el 3 de abril hasta el 1 de julio.

Además, en el segundo trimestre, los autónomos y pymes tienen otras obligaciones fiscales importantes.

Hasta el 1 de abril se deben presentar:

  • Modelo 189: declaración informativa de valores, seguros y rentas del año 2023.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA de febrero.
  • Modelo 720: declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero.

Hasta el 22 de abril, las obligaciones incluyen:

  • Modelo 111: para declarar el IRPF sobre trabajadores, profesionales o empresarios correspondiente a marzo y para la declaración del primer trimestre.
  • Modelo 115: declaración de retenciones del IRPF sobre alquileres urbanos de marzo.
  • Modelos 130 y 131: pago fraccionado de la renta del primer trimestre del año, tanto en estimación directa como objetiva.
  • Modelo 202: primer periodo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de marzo.
  • Modelo 592: declaración de marzo del impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables y del primer trimestre.

Hasta el 30 de abril, solo es necesario presentar el Modelo 303 correspondiente a la autoliquidación del IVA de marzo.

Mayo

En mayo, las obligaciones tributarias de los autónomos son menores. Hasta el 20 de mayo deben presentar los modelos 111, 115, 303, 349 y 592 correspondientes a abril.

Junio

Hasta el 20 de junio, las únicas presentaciones necesarias son los modelos 111, 115, 303, 349 y 592 correspondientes a mayo.

Declaración trimestral de autónomos: julio - septiembre

Julio

En julio comienza un nuevo trimestre para los autónomos, quienes deben presentar varios modelos para declarar su actividad económica.

Este año, el 1 de julio marca el final de la campaña de la renta para todos los contribuyentes. Los autónomos y pymes que quieran domiciliar en su cuenta bancaria el pago de la liquidación pueden presentar los siguientes documentos hasta el 17 de julio:

  • Modelo 111: para declarar el IRPF sobre trabajadores, profesionales o empresarios correspondiente a junio, así como la declaración del segundo trimestre.
  • Modelo 115: para declarar las retenciones del IRPF sobre alquileres urbanos de junio.
  • Modelos 130 y 131: para el pago fraccionado de la renta del segundo trimestre del año, tanto en estimación directa como objetiva.
  • Modelo 303: para la autoliquidación del IVA del segundo trimestre.
  • Modelo 309: declaración-liquidación no periódica del segundo trimestre.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de junio y del segundo trimestre.
  • Modelo 592: para declarar el impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables de junio y del segundo trimestre.

Hasta el 25 de julio, deben presentarse:

  • Modelos 200, 206 o 220: presentados por las sociedades cuyo periodo impositivo coincide con el año natural. Las demás deben hacerlo en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del periodo impositivo.
  • Modelo 282: declaración informativa anual de ayudas recibidas.

Finalmente, hasta el 30 de julio, se puede presentar el Modelo 303 para la autoliquidación del IVA de junio.

Agosto

En agosto, hasta el 20 de agosto, deben presentarse los Modelos 111, 115 y 592, correspondientes a julio. Hasta el 30 de agosto, debe presentarse el Modelo 303 para la autoliquidación del IVA de julio.

Septiembre

En septiembre, hasta el 20 de septiembre, deben presentarse los Modelos 111, 115, 349 y 592, correspondientes a agosto. Hasta el 30 de septiembre, debe presentarse el Modelo 303 para la autoliquidación del IVA de agosto, así como la solicitud de devolución del IVA igual o superior a 400 euros correspondiente al ejercicio 2023, utilizando los modelos 360 y 361.

Declaración trimestral de autónomos: octubre - diciembre

Octubre

En el último trimestre del año, los autónomos y pymes continúan con numerosas obligaciones fiscales.

Hasta el 21 de octubre, deben presentar dos veces el Modelo 111: una para declarar el IRPF de septiembre y otra para el tercer trimestre. Además, deben presentar:

  • Modelo 115: para declarar el IRPF de septiembre sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: para el pago fraccionado de la renta del tercer trimestre (estimación directa).
  • Modelo 131: para el pago fraccionado de la renta del tercer trimestre (estimación objetiva).
  • Modelo 202: pago trimestral del Impuesto sobre Sociedades, si se fracciona.
  • Modelo 303: para la autoliquidación del IVA del tercer trimestre.
  • Modelo 309: declaración-liquidación no periódica del tercer trimestre.
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias de septiembre y del tercer trimestre.
  • Modelo 592: para declarar el impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables de septiembre y del tercer trimestre.

Hasta el 30 de octubre, también se debe presentar el Modelo 303 correspondiente a septiembre. Además, hasta el 31 de octubre, hay tiempo para presentar el Modelo 235 y la solicitud de inclusión para el CCT (Cuenta Corriente Tributaria) de 2025.

Noviembre

Aquellos que han fraccionado el pago de la renta tienen hasta el 5 de noviembre para abonar la segunda y última cuota.

Hasta el 20 de noviembre, los autónomos deben presentar nuevamente los modelos 111, 115, 349 y 592 correspondientes a octubre.

Diciembre

Hasta el 2 de diciembre, se debe presentar el Modelo 303 correspondiente a la autoliquidación del IVA de octubre.

Hasta el 20 de diciembre, deben presentarse los modelos 111, 115, 349, 592 y el Modelo 202 para el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

¿Pagaste el seguro de vida todo de golpe?

Recupera lo que es tuyo

Más información en nuestro blog...

Al hacer clic en “Aceptar”, aceptas el almacenamiento de cookies en tu dispositivo para mejorar la navegación del sitio web, analizar el uso del sitio, y mejorar nuestro marketing. Consulta nuestra Política de Privacidad para obtener más información.
Whatapp