Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana

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Cuando te encuentras en la posición de recibir una herencia o ser el beneficiario de un seguro de vida, es crucial cumplir con una serie de condiciones para poder obtener los bienes y derechos que te corresponden como heredero. Entre estas condiciones se encuentra el pago del Impuesto de Sucesiones, cuyo monto a abonar variará según los activos heredados y la región donde se presente el impuesto. En este contexto, nos referimos específicamente al Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana durante el año 2023.

¿En qué lugar se establecen las normativas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?

El ISD está regulado a nivel nacional por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, junto con su Reglamento del 8 de noviembre de 1991. A pesar de esta regulación a nivel estatal, es importante destacar que la gestión de este impuesto recae en las competencias de las Comunidades Autónomas, como ya hemos mencionado en ocasiones anteriores.

Impuesto de Sucesiones en la región de Valencia

se encuentra establecido en la Ley 13/2016, la cual está detallada en su capítulo II. Esta ley, que introduce modificaciones y actualizaciones respecto a la normativa previa de 1997, aborda de manera específica el impuesto sobre herencias o sucesiones en la Comunidad Valenciana, detallando las reducciones y bonificaciones aplicables. Por tanto, proporcionamos información detallada para orientarte sobre cómo y cuándo realizar la presentación de este impuesto, así como para ayudarte a calcularlo en función de tu situación particular.

¿En qué momento se requiere efectuar el pago del impuesto de sucesiones?

Aunque este impuesto varía según la Comunidad Autónoma en la que se presente, las circunstancias que generan la obligación de pago son consistentes en todos los territorios. Estas situaciones incluyen:

  1. Recibir una herencia de un fallecido, sin importar el grado de parentesco.
  2. Adquirir bienes por legado.
  3. Recibir bienes y derechos por cualquier otro título sucesorio, como donaciones por causa de muerte, contratos o pactos sucesorios, pagos de empresas a familiares de empleados fallecidos (que no tributan por el IRPF), entre otros.

En el caso de los seguros de vida, los beneficiarios de una póliza deben pagar el ISD siempre y cuando el tomador y el beneficiario sean personas diferentes. Sin embargo, si son la misma persona y, por ejemplo, reciben una indemnización por Incapacidad Permanente Absoluta, estarán sujetos al IRPF.

Determinar el importe del impuesto de sucesiones en Valencia

implica considerar la cantidad recibida por los herederos, o beneficiarios en el caso de seguros de vida, junto con las reducciones y bonificaciones que les correspondan. Esta es la información crucial que necesitas tener en cuenta para llevar a cabo el cálculo.

Base imponible

Para efectuar el cálculo del impuesto de sucesiones, es esencial tener una comprensión clara de la base imponible sobre la cual se aplicarán las reducciones y bonificaciones correspondientes.

La base imponible representa la totalidad de la herencia o el valor real de los bienes que se van a recibir, descontando las deudas y cargas deducibles, como los gastos de sepelio, por ejemplo.

A partir de este punto, se pueden realizar los cálculos necesarios.

Base liquidable

La base liquidable, un concepto diferente al anterior, resulta de aplicar las reducciones correspondientes a la base imponible, que es la herencia recibida. Las diferencias más significativas entre las distintas comunidades se observan en estas reducciones.

Reducciones

Para calcular la base liquidable y, por ende, determinar la cantidad que se debe abonar en concepto de impuesto de sucesiones, es crucial conocer las reducciones que pueden aplicarse según la situación de cada individuo.

Reducción por parentesco

Grupo I: Se otorga a los herederos descendientes y adoptados menores de 21 años un total de 100.000 €, además de 8.000 € adicionales por cada año menor a 21. Sin embargo, el monto total no puede superar los 156.000 €.

Grupo II: Para los herederos descendientes y adoptados mayores de 21 años, así como para cónyuges o parejas de hecho, ascendientes y adoptantes, se concede una reducción total de 100.000 €.En la Comunidad Valenciana, no se mencionan reducciones específicas para hermanos, tíos, sobrinos o cuñados, por lo que se aplica la reducción estatal de 7.993,46 €.

No se otorgan reducciones para primos u otros parientes lejanos.

Reducción por discapacidad

El monto de esta reducción depende del tipo de discapacidad del heredero:

Para discapacidades físicas o sensoriales del 33% o más, se aplica una reducción de 120.000 €.Para discapacidades psíquicas del 33% o más, o discapacidades físicas o sensoriales del 65% o más, se aplica una reducción de 240.000 €.

Reducción por seguro de vida

Para los seguros de vida, se ofrece una reducción estatal del 100% hasta un límite de 9.195,49 €, siempre que el beneficiario tenga una relación de parentesco de descendencia, adopción, ascendencia, o sea cónyuge o pareja de hecho del fallecido.

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Reducción por la adquisición de la vivienda habitual

Se podrá obtener una reducción del 95% del valor de la vivienda hasta un límite de 150.000 €, siempre que se cumplan los requisitos siguientes:

Mantener la vivienda durante un período de 5 años, a menos que el heredero fallezca durante ese lapso.Que los herederos sean cónyuges o parejas de hecho, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes, o parientes colaterales mayores de 75 años que hayan convivido con el fallecido en los últimos 2 años.

Reducción por transmisión de empresa

En el año 2020, se incrementa el porcentaje, quedando de la siguiente manera: Podrá obtenerse una reducción del 99% por empresa individual o negocio familiar, una empresa individual agrícola o participaciones en ciertas entidades.

Para que esto sea posible, es indispensable que existan las relaciones de parentesco de cónyuge o pareja de hecho, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes, o parientes colaterales hasta el tercer grado.

Reducción por transmisión de patrimonio artístico

Esto solo será viable bajo las condiciones establecidas por la ley para las cesiones destinadas a su exhibición. Las reducciones serán las siguientes:

Para cesiones de más de 20 años, un 95%Para cesiones de más de 10 años, un 75%Para cesiones de más de 5 años, un 50%

Reducción por adquisición de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Valenciana o elementos afectos a la explotación

Los beneficiarios deben ser agricultores profesionales y mantener la explotación durante un período de 5 años. Se aplicará una reducción del 99% del valor para los adquirentes hasta el tercer grado de parentesco colateral.

Reducción por adquisición de fincas rústicas situadas en la Comunidad Valenciana

Se aplicará una reducción del 99%. Se requerirá que el heredero mantenga la finca durante 5 años y que transmita el terreno a un agricultor profesional (miembro de SAT, cooperativa, sociedad civil o una agrupación registrada como Iniciativa de Gestión Común) en un plazo máximo de 1 año.

Conclusión:

En conclusión, entender el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana implica reconocer su regulación a nivel nacional y su gestión autonómica. La obligación de pago se presenta al recibir una herencia, legado, o beneficios de seguros de vida, siendo crucial considerar las reducciones aplicables según el parentesco, discapacidad, adquisición de vivienda, transmisión de empresas, entre otros. Esta comprensión es esencial para planificar adecuadamente los aspectos financieros relacionados con la sucesión en esta región.

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